Nacionalidad española por tu apellido judío

Desde hace unas semanas se vienen publicando en Internet artículos que anuncian la concesión de la nacionalidad española a todas las personas que lleven alguno de los apellidos judíos que aparecen en la presente lista.

Pasaporte para la Nacionalidad española

Es importante que se sepa que esta noticia es ABSOLUTAMENTE FALSA tal como está redactada.

Veamos que hay de cierto y de engañoso en este tema para no crear falsas expectativas.

ES MENTIRA:

  • Que el Gobierno de España haya publicado hasta el día de hoy un listado oficial de apellidos sefardíes.
  • Que una persona pueda obtener la nacionalidad española por el simple hecho de llevar un apellido concreto.

ES VERDAD:

  • Que existe una lista de apellidos usados por personas de religión judía en España.
  • Que existe la voluntad por parte del gobierno español de reconocer a los descendientes de los judíos que fueron expulsados de España la injusticia cometida con sus antepasados hace varios siglos.
  • Que el 7 de febrero de 2014 el Gobierno de España aprobó un Anteproyecto de ley respecto a la modificación del artículo 23 del Código Civil español para otorgar la nacionalidad española a las personas que acrediten su origen sefardí. Esta Ley aún debe debatirse en las Cortes, aunque se prevee su aprobación sin demasiados cambios antes de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
  • Que las personas que se acojan a la nueva ley podrán conservar su nacionalidad de origen además de la española, es decir, tendrán doble nacionalidad.
  • Que las personas beneficiadas serán españoles de pleno derecho, de modo que podrán circular libremente y trabajar en cualquier país de la Unión Europea.
  • Que para poder acceder a la nacionalidad española deberán acreditar su condición de sefardíes y su vínculo con España, en forma y procedimiento que aún debe dictaminarse.

Aunque están por decidir aún los requisitos necesarios para optar a la nacionalidad española por esta vía, se estima que estos podrían ser algunos de los documentos que se solicitarán:

  • Un certificado emitido por la autoridad rabínica competente, reconocida legalmente en el país de residencia del solicitante.
  • Documentos genealógicos probatorios del apellido familiar en varias generaciones.
  • Acreditación del idioma familiar o cualquier otro indicio que pueda demostrar la pertenencia a la comunidad judía sefardí.
  • Un certificado de la Federación de Comunidades Judías de España en el que se acredite que el interesado es sefardí.
  • Inclusión del peticionario en las listas de familias sefardíes protegidas por España o acreditación de parentesco con una persona o familia incluida en dichas listas.
  • Cualquier otra prueba que acredite su especial vinculación con la cultura y las costumbres españolas.

Los solicitantes podrán presentar su documentación por un periodo de dos años después de que la ley se publique en el Boletín Oficial del estado del Estado, prorrogable por un año más si así lo decide el consejo de ministros.

La tramitación deberá realizarse ante el Registro Civil o el consulado correspondiente al lugar de residencia del interesado.

En Abueling.com estaremos atentos a la publicación definitiva de la Ley para ayudarte a conseguir la documentación relativa a tus antepasados españoles.

 ¿Crees que te puede beneficiar esta nueva ley? Consúltanos

Un comentario en «Nacionalidad española por tu apellido judío»

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